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Proveedores de expediente clínico y sistemas hospitalarios

Declarar cumplimiento no es acreditarlo. El comité de compras conoce la diferencia.

Varios sistemas de expediente clínico en México declaran cumplimiento con NOM-024 y NOM-151, pero la firma, la validación de identidad y la constancia de conservación dependen de terceros o quedan sin detallar públicamente. Funciona hasta que llega un área jurídica hospitalaria con su cuestionario.

Escribimos esto desde el lado de infraestructura, no como competencia de su producto. Si esa capa le hace falta y no quiere construirla, existe como API.

Q1–Q5

Las cinco preguntas que hemos visto aparecer en cuestionarios de compra hospitalarios cuando participa el área jurídica. Ninguna es sobre funcionalidad clínica. Todas son sobre evidencia.

Nuestras herramientas

Tres productos. No una consultoría.

JAAK ofrece software de identidad y firma electrónica. Pruebe cada uno directamente; no somos un despacho legal y esto no sustituye la asesoría de su equipo jurídico.

Biometría facial con prueba de vida, OCR de identificación oficial y consulta en listas, en un solo flujo.

  • Prueba de vida (antisuplantación)
  • OCR de identificación oficial
  • Consulta en listas nominales y de riesgo
  • Expediente digital descargable
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Elemento firma · Cuestionario de compra

Las cinco preguntas que decide el área jurídica, no la clínica.

Ábralas y contéstelas contra su producto actual. Si alguna no tiene respuesta documentada, es la que va a detener la venta en el comité.

Q1¿Quién emite la constancia de conservación y su acreditación está vigente?

La NOM-151 establece que la constancia es emitida por un prestador de servicios de certificación acreditado. «Cumplimos NOM-151» y «emitimos constancias a través de un prestador acreditado, conservando la cadena de validación» son afirmaciones distintas, y un área de compras sofisticada las distingue.

NOM-151-SCFI-2016 · 4.2 y 6.2

Q2¿Cómo se exporta la evidencia para una auditoría o un juicio?

El estándar de certificación revisa registros, manuales y evidencia de implementación. Un tablero en pantalla no es un entregable probatorio: hace falta exportar el expediente con sus versiones, firmas, accesos y constancias en un formato que un peritaje pueda revisar.

Modelo de certificación del CSG · Estándar 3

Q3¿El sistema permite cuentas compartidas o genéricas?

La NOM-024 pide autenticación al menos por usuario y contraseña, y recomienda factores adicionales. Si un turno completo entra con la misma cuenta, el no repudio deja de sostenerse aunque el sistema registre cada evento.

NOM-024-SSA3-2012 · 6.6.1 y 6.6.3

Q4¿Qué modalidades de firma soporta y con qué evidencia cada una?

La NOM-004 admite firma autógrafa, electrónica o digital sin definir niveles. Esa neutralidad obliga a documentar por qué el método elegido es fiable para cada tipo de documento, y a que el sistema soporte más de una modalidad según el riesgo.

NOM-004-SSA3-2012 · 5.10 · CCom 97

Q5¿Cómo se valida al profesional que firma?

Desde febrero de 2026 el estándar federal aclara que la cédula profesional no constituye identificación oficial. Validar la cédula acredita habilitación; acreditar que quien firmó es su titular requiere una capa distinta.

Estándar de cédula profesional electrónica · 17/02/2026

Decisión de producto

Construir la capa probatoria o integrarla.

No es una pregunta ideológica, es de asignación de equipo. La capa de evidencia no diferencia su producto clínico, pero su ausencia lo descalifica en una compra grande.

Construirla

Su equipo la desarrolla

  • Acuerdo y mantenimiento con un prestador de servicios de certificación acreditado
  • Verificación documental y biométrica con prueba de vida, y su mantenimiento contra fraude
  • Validación de cédula profesional contra fuente y manejo de bajas y revocaciones
  • Formato de exportación de evidencia que resista un peritaje
  • Actualización cada vez que cambia el marco, como ocurrió cuatro veces desde 2025
Integrarla

Se consume por API en modelo de marca blanca

  • Constancia de conservación emitida a través de prestador acreditado
  • Verificación de identidad y prueba de vida como servicio
  • Seis modalidades de firma para cubrir la matriz de riesgo por documento
  • Exportación de evidencia con versiones, firmas, accesos y constancias
  • Su equipo sigue en el producto clínico, que es donde compiten
Base normativa

De qué norma sale cada requisito.

Sin interpretaciones intermedias: instrumento, numeral y lo que obliga en la práctica. Los enlaces al Diario Oficial están al final de la página.

NOM-151-SCFI-2016

Obliga cuando se invoca

4.2 · 6.2

La constancia de conservación es emitida por un prestador de servicios de certificación acreditado. Conviene verificar acreditación vigente y conservar la cadena de validación.

NOM-024-SSA3-2012

Permite

6.6.2

Los documentos deben ser estructurados e inalterables y permitir firma electrónica avanzada del profesional cuando el prestador lo determine. Es funcionalidad habilitable por política de riesgo, no mandato universal.

NOM-024-SSA3-2012

Obliga

6.1.3 · 6.6.5

Uso de estándares y perfiles de integración reconocidos, e intercambio con autenticación, cifrado y control de consentimiento. Enviar archivos por correo no es interoperabilidad.

NOM-004-SSA3-2012

Obliga

5.10 · 5.12

Toda nota con fecha, hora, nombre completo y firma autógrafa, electrónica o digital. Se admiten medios electrónicos si se cumple el resto del marco aplicable.

Código de Comercio

Obliga para equivalencia

93 · 93 Bis · 97

Integridad y accesibilidad para equivalencia con el escrito, integridad desde la generación final para equivalencia con el original, y criterios de fiabilidad de la firma.

Niveles de firma clínica

Laguna

Sin definición

La NOM-004 admite firma electrónica o digital sin definir niveles de autenticación, certificados ni evidencia mínima. Permite diseñar controles proporcionales al riesgo, documentando por qué son fiables.

Precisiones

Afirmaciones que circulan y no resisten el numeral.

Las escuchamos en evaluaciones de proveedor y en comités internos de este sector.

Se dice

«Nuestro sistema cumple NOM-151.»

Dice la norma

Un sistema no cumple la NOM-151 por sí mismo: la constancia de conservación la emite un prestador de servicios de certificación acreditado. La afirmación defendible identifica a ese prestador y demuestra que su acreditación está vigente.

NOM-151-SCFI-2016 · 4.2 y 6.2

Se dice

«La NOM-024 obliga a firma electrónica avanzada en toda nota.»

Dice la norma

La norma la contempla cuando el prestador lo determine. Lo que sí es exigible siempre es lo que rodea a la firma: autenticación nominal, trazabilidad, inalterabilidad y no repudio.

NOM-024-SSA3-2012 · 6.6.2 y 6.6.3

Se dice

«Si el hospital exporta un PDF del expediente, ya puede defenderse.»

Dice la norma

Un PDF legible no acredita integridad ni versiones ni accesos. Para producir el expediente en un juicio hace falta exportar la historia del documento, no solo su apariencia final.

CCom 93 Bis · NOM-024 · 5.8 y 5.9

Siguiente paso

Dos formas de continuar, según qué necesite resolver.

Para producto y dirección

Llamada de 30 minutos con nuestro equipo técnico

Revisamos su arquitectura actual, qué de KYC, Firma NOM-151 o Firma NOM-151 + Biometría le conviene integrar vía API, y cómo se vería la integración. Incluye el esquema comercial de canal.

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Para ingeniería

Documentación técnica

Documentación de API, diagrama de integración, manejo de huellas criptográficas y sello de tiempo, y formato de exportación de evidencia. Demos de noventa segundos de cada capa.

Alcance de este documento

Material informativo. No sustituye una opinión legal para un caso concreto. Ninguna tecnología garantiza por sí sola validez jurídica, evita sanciones ni excluye responsabilidad profesional. Lo que sí puede hacer un sistema bien diseñado es reducir brechas de evidencia y permitir explicar qué ocurrió.

Verificación

Cada afirmación de esta página tiene su fuente oficial.

Consultadas el 27 de julio de 2026. Si encuentra una desactualizada, escríbanos y la corregimos con fecha de revisión visible.