El expediente de siniestro es una cadena. Se rompe por el eslabón más débil.
La controversia con un asegurado casi nunca es sobre un documento aislado. Es sobre si la cadena completa se sostiene: quién era, qué se autorizó, qué se prestó, qué se cobró y quién resolvió. Y las piezas llegan de hospitales con sistemas que no hablan entre sí.
La Circular Única de Seguros y Fianzas exige conservación de expedientes clínicos con seguridad, integridad, acceso y respaldo. Lo que no resuelve es cómo correlacionar evidencia de origen externo.
Sanción impuesta en julio de 2026 por deficiencias en aviso de privacidad y consentimiento en tratamiento biométrico. No fue un caso del sector salud, y por eso conviene leerlo bien: marca cómo la autoridad actual evalúa la biometría, no cuánto se multa a una aseguradora.
Tres productos. No una consultoría.
JAAK ofrece software de identidad y firma electrónica. Pruebe cada uno directamente; no somos un despacho legal y esto no sustituye la asesoría de su equipo jurídico.
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- OCR de identificación oficial
- Consulta en listas nominales y de riesgo
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Cinco eslabones, y lo que se pierde cuando uno falta.
Un expediente de siniestro no se defiende con volumen de papeles. Se defiende cuando cada eslabón puede vincularse al siguiente con evidencia verificable.
Identidad
Quién es el asegurado y quién autorizó en su nombre.
Si falla: expedientes cruzados y fraude de suplantación sin rastro.
Autorización
Qué se autorizó, con qué alcance y en qué momento.
Si falla: se paga algo que nunca se aprobó, sin poder demostrarlo.
Servicio
Qué se prestó realmente, por quién y con qué cédula.
Si falla: no hay forma de contrastar lo facturado contra lo atendido.
Factura
Qué se cobró y contra qué documento clínico.
Si falla: la objeción de pago no tiene soporte documental.
Dictamen
Quién resolvió, con qué criterio y sobre qué versión.
Si falla: la resolución no se puede defender ante el asegurado.
Cinco años es el mínimo sanitario, no su política.
El mismo siniestro contiene documentos con plazos distintos. Depurar según el más corto es la forma más común de perder la evidencia que después se necesita para defender una objeción de pago.
- Clasificación de cada documento del expediente por plazo aplicable
- Criterio de suspensión de depuración cuando hay reclamación abierta
- Evidencia de autenticación y aceptación en contratación electrónica
- Delimitación de responsable y encargado en el flujo con cada hospital
- Prueba de integridad del expediente desde la fecha en que se integró
De qué norma sale cada requisito.
Sin interpretaciones intermedias: instrumento, numeral y lo que obliga en la práctica. Los enlaces al Diario Oficial están al final de la página.
Circular Única de Seguros y Fianzas
Obliga4.10
Reglas para contratación por medios electrónicos. Debe conservarse la autenticación, la aceptación y la trazabilidad de la operación.
Circular Única de Seguros y Fianzas
Obliga15.4 · 37.2
Expedientes clínicos en seguros de salud y conservación electrónica con seguridad, integridad, acceso y respaldo.
Código de Comercio
Obliga46 · 46 Bis · 49
Conservación mercantil por diez años. La conservación electrónica se realiza conforme a la NOM-151.
Código Fiscal de la Federación
Obliga30
Conservación de contabilidad y documentación relacionada por cinco años, con supuestos especiales que pueden extender el plazo.
LFPDPPP 2025
Obliga8 · 18 · 19 · 20
Consentimiento expreso y por escrito para datos sensibles, medidas de seguridad proporcionales al riesgo, notificación de vulneraciones y deber de confidencialidad permanente.
NOM-151-SCFI-2016
Permite4.2 · 6.2
La constancia de conservación es emitida por un prestador de servicios de certificación acreditado y permite demostrar existencia e integridad desde una fecha.
Afirmaciones que circulan y no resisten el numeral.
Las escuchamos en evaluaciones de proveedor y en comités internos de este sector.
«El hospital nos manda el expediente, así que la evidencia es suya.»
El deber de conservación y de seguridad aplica a quien trata los datos, y en el flujo hospital–aseguradora ambos tratan datos sensibles. Conviene delimitar por contrato quién es responsable y quién encargado en cada etapa.
LFPDPPP 2025 · 18 y 20 · CUSF 15.4
«La constancia de conservación acredita que el asegurado firmó.»
Acredita existencia e integridad del documento desde una fecha determinada. La identidad de quien firmó es una capa distinta que requiere verificación propia.
NOM-151-SCFI-2016 · Apéndice A · CCom 93 y 97
«Podemos depurar el expediente completo a los cinco años.»
Cinco años es el mínimo sanitario del expediente clínico. La documentación mercantil del mismo siniestro puede requerir diez años, y una reclamación abierta suspende cualquier depuración.
NOM-004 · 5.4 · CCom 49 · CFF 30
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Material informativo. No sustituye una opinión legal para un caso concreto. Ninguna tecnología garantiza por sí sola validez jurídica, evita sanciones ni excluye responsabilidad profesional. Lo que sí puede hacer un sistema bien diseñado es reducir brechas de evidencia y permitir explicar qué ocurrió.
Cada afirmación de esta página tiene su fuente oficial.
Consultadas el 27 de julio de 2026. Si encuentra una desactualizada, escríbanos y la corregimos con fecha de revisión visible.