Agenda una demo ahoraAgendar
Blog JAAK
Compliance7 min15 de junio, 2026

Lo que más me preocupa del sector crediticio en México no es el fraude que entra. Es el que ya está adentro.

Las uniones de crédito verifican quién entra. Pero el contrato, el pagaré, la firma — muchas veces no pueden defenderse en un juicio. Arianna Quezada, CEO de JAAK, analiza la brecha que el nuevo marco jurisprudencial ya no permite ignorar.

Expediente crediticio defendible en México

Por Arianna Quezada, CEO y cofundadora de JAAK

Hace unas semanas, la CONDUSEF publicó los resultados de su supervisión 2025 al producto de crédito de habilitación o avío en uniones de crédito. El dato fue contundente: 6 de 8 entidades evaluadas reprobaron en materia de transparencia financiera.

No me sorprendió el número. Me sorprendió lo que revela sobre cómo muchas instituciones financieras entienden el riesgo.

Porque cuando una entidad falla en transparencia ante el regulador, la conversación suele girar hacia sus contratos, sus comisiones, sus procesos de atención. Rara vez se pregunta algo más profundo: si esa entidad llegara a un litigio sobre alguno de esos contratos, ¿podría demostrar quién los firmó?

En mi experiencia trabajando con instituciones reguladas en México, esa es la pregunta que más se evita. Y la que más cuesta cuando finalmente llega.

La fortaleza con la puerta trasera abierta

Hay un patrón que he visto repetirse. Una institución invierte en su proceso de onboarding: valida el INE, implementa reconocimiento facial, consulta listas negras. Hace todo bien en la entrada.

Pero al final del proceso — el contrato de crédito, el pagaré, el expediente del socio — el cierre es una firma simple. Un clic. Una imagen en un PDF.

Construyeron una fortaleza. Y dejaron la puerta trasera abierta.

El problema no aparece el día que se firma. Aparece el día que ese socio niega haber firmado, o cuando llega una auditoría de la CNBV, o cuando el expediente tiene que sostenerse en un juicio ejecutivo mercantil.

En ese momento, la pregunta no es si verificaste la identidad al inicio del proceso.

La pregunta es: ¿puedes demostrar quién firmó al final?

Por qué el contexto regulatorio hace esto urgente, no opcional

En 2026, las uniones de crédito están bajo una presión regulatoria que no tiene precedente reciente. Las cuotas de supervisión de la CNBV aumentaron hasta un 204% para algunas entidades, según reportó El Economista en marzo de este año citando al propio presidente de ConUnión. La CNBV y la UIF formalizaron en marzo un convenio de colaboración para fortalecer la supervisión con enfoque en riesgos. Y el Acuerdo CNBV 2026 impulsa la digitalización completa de los expedientes KYC y los reportes PLD.

El mensaje del regulador es consistente: los expedientes digitales ya no son una opción moderna. Son la evidencia que se va a pedir.

Lo que no siempre se dice: un expediente digital incompleto puede ser peor que ninguno. Porque crea la ilusión de cumplimiento sin la sustancia que lo respalda.

Lo que los tribunales ya están exigiendo

En octubre de 2025 se publicaron dos tesis aisladas que cambian la conversación para cualquier institución que use pagarés digitales:

Tesis I.2o.C.38 C (11a.)

Establece que el pagaré digital debe suscribirse con firma electrónica avanzada generada por un prestador de servicios de certificación para producir los efectos de un título de crédito. No es interpretable. No hay zona gris.

Tesis I.11o.C.82 C (11a.)

Establece que el endoso del pagaré digital debe incluirse en el propio mensaje de datos, no como documento separado. Ambas publicadas en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Ambas vigentes.

Lo que esto significa en términos prácticos: una firma que no cumpla FEA + NOM-151 ya tiene criterio judicial en contra. Y una institución que lleva años acumulando contratos con firma simple está acumulando, también, un pasivo de evidencia que no puede defender.

La distinción que más importa

Hay algo que aprendí al construir JAAK y que hoy es central en cómo pensamos el problema: lo que protege una operación no es el PDF. Es el expediente.

Un expediente auditable no es una carpeta de archivos. Es el conjunto de evidencia que permite reconstruir el proceso completo ante quien lo cuestione:

  • 1El documento firmado
  • 2La constancia NOM-151
  • 3El registro biométrico
  • 4Los metadatos de cada paso con su timestamp
  • 5El resultado de cada verificación

Todo vinculado. Todo con integridad técnica. Todo técnicamente imposible de alterar sin que se detecte. La diferencia entre tener razón en un conflicto y poder demostrarla no está en el contrato. Está en ese expediente.

Lo que me parece más importante decir

Las instituciones que hoy enfrentan problemas ante una auditoría o un litigio no fallaron por usar tecnología. Fallaron porque en algún punto del camino alguien tomó una decisión de baja fricción — una firma simple, un PDF sin sello, un proceso de onboarding desconectado del cierre — que dejó un hueco en el expediente.

Ese hueco es evitable. Y dado el ritmo al que se está endureciendo el marco regulatorio y jurisprudencial en México, el costo de no resolverlo va a seguir subiendo.

Verificar quién entró y garantizar quién firmó son dos momentos del mismo proceso. Los dos tienen que ser igual de sólidos.

AQ

Arianna Quezada

CEO y cofundadora · JAAK

Arianna Quezada es cofundadora y CEO de JAAK, empresa mexicana de verificación de identidad biométrica y firma electrónica. Si quieres conocer cómo construir un expediente defendible para tu institución, visita jaak.ai.

Fuentes

  1. CONDUSEF, Supervisión 2025 — Crédito de habilitación o avío en uniones de crédito (mayo 2026)
  2. El Economista / Yahoo Noticias, “Cuotas de supervisión de la CNBV pegan a uniones de crédito en 2026” (marzo 2026)
  3. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Tesis I.2o.C.38 C (11a.) y I.11o.C.82 C (11a.), Libro 2, Tomo IV (octubre 2025)
  4. CNBV-UIF, Convenio de Colaboración para prevención de lavado de dinero (marzo 2026)
  5. Acuerdo CNBV 2026, simplificación PLD/FT y expedientes digitales (DOF)
AQ

Arianna Quezada

CEO · JAAK

Liderazgo en infraestructura de confianza digital, regulación financiera y transformación del sector fintech en Latinoamérica.

Recibe perspectivas sobre confianza digital.

Análisis regulatorio, tendencias de IA e identidad digital. Sin spam.

Cargando verificación...

¿Listo para operar con confianza digital?